El TSJ declaró constitucional la nueva Ley de Armonización Tributaria de estados y municipios

La misma fue sancionada por la Asamblea Nacional en Sesión Ordinaria del 18 de julio de 2023. Foto: Twitter @TSJ_Venezuela.

Durante la tarde de este jueves, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de su Sala Constitucional, declaró constitucional la nueva Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios, sancionada por la Asamblea Nacional en Sesión Ordinaria del 18 de julio de 2023.

En la sentencia, identificada con el N° 0956-2023, se detalla que dicha ley tiene como finalidad:

1. Promover el desarrollo armónico de la economía nacional, con miras a elevar la calidad de vida de la población, generar fuentes de trabajo, crear alto valor agregado nacional y fortalecer la soberanía económica.

2. Favorecer la optimización y eficiencia de los procesos tributarios estadales y municipales y reducir la evasión y elusión fiscal.

TE PUEDE INTERESAR: Tarek William Saab anunció plan para reducir el número de detenidos en las comisarías venezolanas

3. Procurar la justa distribución de las cargas públicas, según la capacidad económica de la persona contribuyente.

4. Generar certeza y seguridad jurídica sobre los procedimientos tributarios y cargas fiscales aplicables en el territorio nacional.

Asimismo, el TSJ indicó que esta nueva Ley Orgánica busca coadyuvar y garantizar la coordinación y armonización de las potestades tributarias que corresponden a los estados y municipios, definiéndose los principios, parámetros y limitaciones, tipos impositivos y alícuotas aplicables de los tributos estadales y municipales, todo ello en el marco de lo establecido en el texto de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

En tal sentido, la decisión del máximo tribunal señala que la referida ley honra los fines estatales de la promoción de la prosperidad y el bienestar del pueblo, al tiempo de desarrollar los valores superiores del ordenamiento jurídico de la justicia y la igualdad; en correspondencia con lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Fuente: Club de Venezolanos / Con información del Tribunal Supremo de Justicia. Si desea leer la publicación original puede hacerlo en el siguiente enlace: http://www.tsj.gob.ve/-/sala-constitucional-del-tsj-declaro-la-constitucionalidad-del-caracter-organico-de-la-ley-organica-de-coordinacion-y-armonizacion-de-las-potestades-tr