El Nuevo Herald: Esto es lo que hay que saber sobre los posibles cambios en la educación en Florida

¿Prohibición de pronombres? ¿Educación sexual? Lo que hay que saber sobre los posibles cambios en la educación básica. Foto: Pixabay.

Los maestros de la Florida pudieran enfrentar pronto más restricciones relacionadas con la educación sexual y de género después que legisladores presentaron la semana pasada un proyecto de ley que impone un mayor control sobre el plan de estudios.

El proyecto de ley del Senado prohíbe a los educadores y al personal escolar referirse a los estudiantes usando pronombres que no “corresponden con su sexo”. También permitiría al estado ejercer un mayor control sobre los materiales didácticos de educación sexual y ampliaría la prohibición de enseñar sobre género y orientación sexual hasta la escuela intermedia.

Aunque la propuesta no se ha abordado en comisiones, pudiera establecer normas estatales sobre el tipo de lenguaje que se permite en las aulas. Esto es lo que hay que saber sobre el proyecto de ley.

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La ley propuesta: un vistazo

  • Todas las escuelas públicas de educación básica de la Florida deben definir el sexo como “un rasgo biológico inmutable” y declarar “que es falso atribuir a una persona un pronombre que no corresponda a su sexo”.
  • El personal escolar, los contratistas y los estudiantes no podrían ser obligados a usar los pronombres preferidos de alguien.
  • Los empleados no podrían decir a los alumnos pronombres que no se corresponden con su sexo biológico.
  • No se podría preguntar a los estudiantes por sus pronombres preferidos ni podría sancionárseles por negarse a compartirlos.
  • La enseñanza en el aula sobre orientación sexual o identidad de género estaría prohibida desde preescolar hasta octavo grado, en lugar de desde preescolar hasta tercer grado.
  • Los límites a la instrucción en las aulas aplicarían a los preescolares y las escuelas chárter privados.
  • Los padres deben ser notificados de los cambios en los servicios de salud mental, emocional o física de su estudiante.
  • La información sobre estos servicios solo pudiera retenerse si una “persona razonablemente prudente creyera que su divulgación resultaría en maltrato, abandono o negligencia”.

Fuente: Artículo de El Nuevo Herald, por Grethel Aguila. Si desea leer la publicación original puede hacerlo en el siguiente enlace: https://www.elnuevoherald.com/noticias/educacion/article273217610.html#storylink=bignews_main